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Ayuntamiento de Móstoles
introducción masiva de empresas privadas, sobre todo constructoras, está amparado por la Ley
de Nuevas Formas de Gestión, Ley 15/97.
Consideramos que la desregularización del empleo público en Sanidad y la precariedad de las
plantillas de contratas y subcontratas repercute directamente en la calidad asistencial; la primera
fuente de beneficio que buscan es reducir personal; la segunda, reducir pruebas. Estamos
convencidos que la sanidad pública no debe de estar condicionada ni gestionada por las
decisiones de las empresas privadas y que la introducción del ánimo de lucro en la sanidad
pública no mejora la eficiencia del sistema sanitario y en cambio sí reduce el gasto en
profesionales y en la atención a los pacientes.
Es por todo ello que el grupo socialista eleva al Pleno, para su aprobación, los siguientes:
Acuerdos
1. Instar al Gobierno de la Nación a la derogación de la Ley 15/97 y cualquier otra que permita
a las empresas privadas gestionar la sanidad pública.
2. Instar a la Comunidad de Madrid a que paralice la contrarreforma sanitaria que está
llevando a cabo, dado que la evidencia científica internacional establece que los modelos
de gestión privados tienen peores indicadores de calidad que los públicos (no lucrativos).
3. Instar a la Comunidad de Madrid para que no se privaticen los Hospitales Madrileños y los
centros de Atención Primaria. Mostrar nuestra oposición frontal a cualquier intento en este
sentido y especialmente, si fuera el caso del Hospital Universitario de Móstoles y los
Centros Sanitarios Públicos de nuestra ciudad.
4. Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a la vuelta a la división sanitaria por Áreas
en nuestra Comunidad, potenciando el área 8.
5. Mostrar nuestro apoyo a los trabajadores de la Sanidad Pública y a las movilizaciones en
defensa de la Sanidad Pública que están llevando a cabo.
6. Dar traslado de esta moción al Gobierno de España, al de la Comunidad de Madrid, a la
Consejería de Sanidad y a todo el tejido asociativo, sindical y vecinal de nuestro población.”
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación,
que constan en el correspondiente Diario de Sesiones
Sometida en primer lugar a votación la Moción indicada, del Grupo Izquierda Unida-
Los Verdes, según determina el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal, se obtienen
tres votos a favor (correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes), dieciséis
votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal Popular) y siete abstenciones,
(correspondientes al Grupo Municipal Socialista), por lo que la misma resulta rechazada.
A continuación, se somete a votación la enmienda de sustitución a la totalidad del
Grupo Municipal Socialista, arriba transcrita, obteniéndose siete votos a favor (correspondientes
al Grupo Municipal Socialista), dieciséis votos en contra (correspondientes al Grupo Municipal
Popular) y tres abstenciones (correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes)
por lo que la misma resulta rechazada.
PLENO. 2012.12.12
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