Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 506

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
41 con texto de 41
Huella sha256 del fichero
24a243edd7773085a30e63fe7f835124bb0eef5f72cbfd7abd0bfb3d4fb0a366

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

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Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 24a243edd7773085… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

Explicación: Para una mayor claridad se propone esta nueva redacción; no obstante, hay que recordar, que es necesario guardar registro del uso de los sistemas informáticos si así está legislado. Se ha agregado un párrafo que extiende la salvaguarda legal del correo a todas sus potenciales copias. El artículo 6.2 queda redactado así: No se consideran usos incorrectos las acciones técnicas de mantenimiento realizadas por el personal competente para garantizas la seguridad y operatividad de los sistemas informáticos del Ayuntamiento. Explicación: lo que se quiere prever en este apartado 2 es que alguna operación técnica de mantenimiento (pruebas con virus, herramientas Hacking, simulaciones, etc.) apartado 1. Pero lógicamente dicha acción únicamente puede ser realizada por personal competente y solamente en cumplimiento de las obligaciones de seguridad y mantenimiento. El artículo 7 queda redactado así: Supervisión de la Red Informática Municipal de Móstoles. Las comunicaciones y actividades llevadas a cabo mediante sistemas de la propiedad del Ayuntamiento serán supervisadas periódicamente para garantizar la correcta utilización de dichos sistemas. Las actividades de supervisión serán llevadas a cabo cuando un responsable tenga sospechas fundadas que pueda requerir la investigación del uso, por parte del usuario, de los sistemas de información del Ayuntamiento, y siempre de acuerdo a los demás artículos del presente documento y leyes relacionadas”. Explicación: se simplifica totalmente y se aclara la redacción del artículo, en cuanto en algún párrafo la redacción era redundante y algunos extremos ya son regulados en otros artículos. Las demás cuestiones alegadas son de índole jurídica, por lo que no corresponde su tratamiento a este Departamento”. Visto el informe de Secretaría General y la Asesoría Jurídica nº 08.01/18/10, de fecha 28 de octubre de 2010. Vista la Propuesta de Resolución formulada por el Coordinador de Nuevas Tecnologías y elevada al Pleno por el Concejal de Delegado de Mantenimiento de la ciudad del siguiente contenido literal: PLENO. 11.11.2010 Pág. 13/41

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.