Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 506

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
41 con texto de 41
Huella sha256 del fichero
24a243edd7773085a30e63fe7f835124bb0eef5f72cbfd7abd0bfb3d4fb0a366

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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trabajo de los funcionarios del Cuerpo de Policía Local. Ello se desprende de su propio tenor literal, que establece la obligatoriedad de negociación con la representación sindical, como cauce para, en su caso, la adopción de la medida que regule cualquier cambio en los turnos”. Del informe emitido el día 15 de septiembre de 2.010 por el Subinspector Jefe de Policía Local, se considera que debe transcribirse los siguiente: “En relación a las alegaciones presentadas por los Sindicatos CPPM y Sindicato CSI-F al Proyecto de Reglamento Regulador de los Servicios de Policía Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Móstoles, aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 8 de julio de 2010, le informo: A la vista de las alegaciones formuladas por los sindicatos referenciados puede concluirse que no se aportan aspectos significativos en lo referente a la Organización y Funcionamiento del Cuerpo de la Policía Municipal de Móstoles con respecto al contenido del Proyecto aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento. De las alegaciones presentadas por el Sindicato CSI-F debemos tener en cuenta, además de lo dicho, que los siguientes artículos fueron modificados total o parcialmente en fase de elaboración del Proyecto de Reglamento después de las aportaciones realizadas por este sindicato en la fase citada: Artículo 35. Estructura de los servicios y sus mandos. Ya se estimó la sugerencia cuando se dio participación a los sindicatos en la elaboración del proyecto, quedando incluida en el Art. 33.4 con la siguiente redacción: “Artículo 33.-Asunción de funciones. 4.. En el caso de la Patrulla, unidad formada por dos componentes, cuando el mando no esté presente por cualquier causa, será responsable del servicio el componente de mayor antigüedad en el Cuerpo. “ Artículo 44.- Descanso durante la jornada laboral y forma de realizarlo. Ya se estimó la sugerencia al apartado 4 de este artículo cuando se dio participación a los sindicatos en la elaboración del proyecto, redactándose de esta manera: “..... 3. la Emisora Directora, el superior jerárquico o el Coordinador General del Servicio, podrán ordenar posponer el tiempo de descanso o avituallamiento si los medios humanos y móviles disponibles durante un turno de servicio no permitiesen una respuesta eficaz a las necesidades del mismo ante una situación especial o de emergencia. Dicha medida cesará en el momento de la finalización de la citada situación, procediéndose a PLENO. 11.11.2010 Pág. 8/41

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.