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- 2026-07-22 08:44
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Expediente nº 02/2010
Asunto: Propuesta de aprobación definitiva del Reglamento
Regulador de los Servicios de Policía Municipal del
Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles.
Interesado:
Procedimiento: PR/APROBACIÓN DE REGLAMENTO/PL/../10
Fecha de iniciación: 21 de junio de 2010.
Examinado el procedimiento iniciado por la Concejalía de Seguridad referente
a la aprobación definitiva del Reglamento Regulador de los Servicios de
Policía Municipal del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles se han
apreciado los Hechos que figuran a continuación:
Primero.- Que la Corporación Pleno en su sesión celebrada el día 8 de julio
de 2.010 acordó aprobar inicialmente el Reglamento Regulador de los
Servicios de Policía Municipal del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles.
Dicho acuerdo fue sometido a información pública mediante la inserción del
anuncio procedente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha
30 de julio de 2.010 y en el Tablón de Edictos municipal.
Segundo.- Que con fecha 20 de agosto de 2.010 tuvo entrada en el Registro
de la Junta de Distrito 2 escrito de la Sección Sindical de CSI-F formulando
alegaciones al proyecto de Reglamento Regulador de los Servicios de Policía
Municipal del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles.
Tercero.- Que con fecha 24 de agosto de 2.010 tuvo entrada en el Registro
General escrito de la Sección Sindical de CPPM formulando alegaciones al
proyecto de Reglamento Regulador de los Servicios de Policía Municipal del
Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles.
Cuarto.- Que con fecha 7 de septiembre de 2.010 se emite informe por el
Director de Personal en el que tras analizar las alegaciones formuladas por
ambas secciones sindicales se propone la desestimación de todas ellas.
Quinto.- Que con fecha 15 de septiembre de 2.010 se emite informe por el
Subinspector Jefe de Policía Local en el que tras analizar las alegaciones
formuladas por ambas secciones sindicales se propone la desestimación de
todas ellas.
Sexto.- Que así mismo ha sido emitido informe por la Titular de la Asesoría
Jurídica, en fecha 25 de octubre de 2.010 proponiendo igualmente la
desestimación de todas las alegaciones formuladas por las dos secciones
sindicales.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:
Primero y único.- Del informe emitido el día 7 de septiembre de 2.010 por el
Director de Personal, se considera que debe transcribirse los siguiente:
PLENO. 11.11.2010
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Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.