Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 506

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

← Catálogo

Fuente
plenos
ir al original ↗
Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
41 con texto de 41
Huella sha256 del fichero
24a243edd7773085a30e63fe7f835124bb0eef5f72cbfd7abd0bfb3d4fb0a366

URL estable de esta ficha: http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/506

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41

Esto dice el papel

sin escaneo guardado

De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.

Ver el documento original ↗

Se abre en el portal donde lo publicó la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo 24a243edd7773085… si quieres asegurarte de que no ha cambiado desde que lo capturamos.

Esto hemos leído

Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.

protección social nuevo ni paralelo a los servicios sociales autonómicos, sino que viene a superar el carácter asistencial de la atención social a la dependencia, reconociendo a ésta como derecho subjetivo. Para Izquierda Unida, el desarrollo de esta ley debe suponer una valoración que contemple las necesidades de apoyo para la autonomía y la calidad de vida en igualdad de oportunidades y que no mida, de manera exclusiva, las limitaciones de las actividades básicas de la vida; es decir, no sólo asistencia sanitaria, personal y de cuidados sino, para su propia autonomía personal, lo que significa acceso a su vida social y de ocio. Hasta el momento de aprobar la Ley, las Administraciones Públicas no estaban obligadas a garantizar la atención a cualquier ciudadano dependiente, más allá del servicio que prestara en función de la cantidad presupuestada y hasta donde alcanzara su voluntad política. Con esta ley, las Comunidades Autónomas, incluida la Comunidad de Madrid, por mucho que se resista a creerlo, tienen la obligación de garantizar a cualquier ciudadano en situación de dependencia los servicios que necesite mediante una serie de prestaciones y unas condiciones de acceso a esas prestaciones. El ejercicio de la competencia de la Comunidad de Madrid, exige la garantía de la responsabilidad pública de las actuaciones en materia de Servicios Sociales y Dependencia, y ello, a través de una doble actuación: existencia, organización y desarrollo de un Sistema Público de Servicios Sociales, y la ordenación de las actuaciones de la iniciativa privada en sus diversas modalidades que, al igual que la iniciativa pública, deben estar sujetas a controles de calidad y autorización administrativa, todo ello con el objetivo de conseguir unos niveles de atención, de homogeneización y homologación de los mismos, exigibles en las diversas modalidades de oferta de prestaciones. Por todo ello la Concejal de Izquierda Unida eleva al Pleno, para su aprobación, los siguientes ACUERDOS Instar al Gobierno de la Comunidad a la adopción de las siguientes actuaciones: 1. Refuerzo del personal municipal para la atención de la dependencia, contemplando la financiación de personal en servicios sociales, para la tramitación, aplicación, seguimiento y gestión de las prestaciones que otorga la Comunidad de Madrid, en función de criterios objetivos tales como el número de habitantes y población mayor de 65 años o menor dependiente, proponiendo: -1 trabajador social por cada 3000 habitantes, más 1 trabajador social y 1 auxiliar administrativo por cada 300 personas valoradas como dependientes. PLENO. 11.11.2010 Pág. 33/41

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.