← Catálogo
- Tipo
- PLENO · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 08:44
- Fecha del documento
- —
- Cómo se leyó
-
texto propio del PDF
- Páginas
- 41 con texto de 41
- Huella sha256 del fichero
24a243edd7773085a30e63fe7f835124bb0eef5f72cbfd7abd0bfb3d4fb0a366
URL estable de esta ficha:
http://auditoria.mlopezpalma.es/v6/documento/506
Esto dice el papel
sin escaneo guardado
De este documento no se conserva imagen. Solo se guardan las
páginas que pasaron por revisión visual — 140 de todo el catálogo—, así que
para la mayoría el papel hay que verlo en su fuente.
Ver el documento original ↗
Se abre en el portal donde lo publicó
la administración. Comprueba que su huella sha256 sigue siendo
24a243edd7773085… si quieres asegurarte de que no ha
cambiado desde que lo capturamos.
Esto hemos leído
Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.
-- 7 de julio de 2010.- Concejal y Portavoz del Grupo Municipal Socialista (Paz
Martín).
contenido en síntesis de la alegación:
-primera.- La aplicación, por igual, a empleados y miembros de la
Corporación. debería excluirse a los Concejales del ámbito de aplicación ya
que la regulación de estos debe ser en el Reglamento Orgánico.
- segunda.- En el artículo 6.2 se está posibilitando que un órgano
indeterminado autorice a incumplir las conductas prohibidas en el propio
Reglamento.
- tercera.- Artículo 3.2 (sobre guardar registro del uso de las cuentas de los
usuarios de correo). Viene de la Ley 34/2002, que se refiere a “siempre que
represente una actividad económica para el prestador.
- cuarta.- artículos 7 y 15 (no secreto en el uso de ningún sistema de
información; los documentos pueden ser guardados...). Vulnera secreto de
comunicaciones y protección de datos de carácter personal.
- quinta.- artículo 17.5 (seguridad intrínseca del correo): debería aclararse que
cualquier correo electrónico personal queda fuera del control previsto en el
artículo 7.
- sexta.- artículo 25 (protección de datos de carácter personal en el uso del
servicio de alojamiento de contenidos web). Añadir que la actividad de control
del uso de los medios informáticos solo podrá llevarse a cabo una vez se cree
un fichero de datos de carácter personal con tal finalidad.
-- 8 de julio de 2010.- Sección Sindical de CC.OO.
contenido en síntesis de la alegación:
-no se justifica la necesidad de articular con tal exhaustividad.
- restricción a derechos que venía disfrutando la organización sindical para
comunicarse con los representados.
- quiebra por el límite al uso del correo electrónico, la utilización del envío
masivo a grupos y no cautela de preservar los contenidos de las
comunicaciones de las organizaciones sindicales.
Cuarto.- Han sido emitidos un informe técnico por el Departamento de Nuevas
Tecnologías en el que se propone nueva redacción de los artículos 3.2, 6.2 y
7 del texto aprobado inicialmente y un informe jurídico por la Secretaría
General y la Asesoría Jurídica.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:
Primero.-La legislación aplicable viene constituída por las disposiciones
siguientes:
-sobre la competencia municipal en materia de bienes: artículo 79 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (L.R.B.R.L.)
y Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio.
PLENO. 11.11.2010
Pág. 15/41
Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.