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sido elaborado por la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles, en sus
propios términos.
2.- Remitir el mismo al Pleno para su tramitación y aprobación de conformidad
con las normas que regulan el funcionamiento del mismo, pudiendo ser los
acuerdos de los sucesivos órganos competentes del siguiente tenor:
A.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de la Aplicación del
Coeficiente de Concentración de Usos de Ocio y Hostelería en los mismos
términos en que ha sido aprobada, bajo la forma de Proyecto, por la Junta de
Gobierno Local.
B.- Someterla a información pública por plazo de treinta días, mediante la
inserción de anuncios en el BOCAM, en el Tablón de Edictos Municipal y en
los Tablones de Anuncios de las Juntas de Distrito, para la presentación de
reclamaciones y sugerencias.
C.- En el caso de que durante el período de información pública no se hubiera
presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá adoptado con
carácter definitivo el acuerdo hasta entonces provisional, no entrando en vigor
la Ordenanza hasta que no se haya publicado íntegramente su texto en el
BOCAM y haya transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la
comunicación del presente acuerdo de aprobación definitiva a las
Administraciones Estatal y Autonómica.”
Visto el informe técnico emitido por la Subdirectora del Departamento de
Licencias y Obra Privada, de fecha 18 de Octubre de 2010 de la Gerencia
Municipal de Urbanismo de Móstoles..
Visto el informe jurídico de 21 de Octubre de 2010, emitido por la Jefa de la
Sección Jurídica de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles
Se PROPONE al Pleno, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el artículo 123.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, previa aprobación del
Proyecto por la Junta de Gobierno Local
Resolver lo siguiente:
Primero: Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de la Aplicación del
Coeficiente de Concentración de Usos de Ocio y Hostelería, cuyo proyecto ha
sido aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 2 de noviembre
de 2010.
Segundo: Someterla a información pública por plazo de treinta días,
mediante la inserción de anuncios en el BOCM, en el Tablón de Edictos
Municipal y en los Tablones de Anuncios de las Juntas de Distrito, para la
presentación de reclamaciones y sugerencias, así como dar trámite de
audiencia a los interesados, en especial a las Asociaciones de Hostelería o
PLENO. 11.11.2010
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