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El 22 de marzo de 2010 este Ayuntamiento adjunta copia del Informe Previo de Incidencia
Ambiental (Número de Registro 10/125826.9/10) como documentación complementaria al
expediente con Referencia 10/356465.9/09 .
El Plan de Sectorización del Ámbito de Suelo urbanizables No Sectorizado denominado
Sector “Puerta del Atlántico”, comienza su tramitación siendo vigente la Revisión del Plan
General de Ordenación Urbana de Móstoles; aprobada definitivamente por acuerdo del
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el 6 de mayo de 1999, cuyas condiciones
se dieron por parcialmente cumplidas mediante resolución del mismo Consejo de Gobierno
el 29 de octubre de 2000. En dicho documento, la zona objeto de este Avance se clasifica
como Suelo No Urbanizable Común, de manera que atendiendo a la Disposición Transitoria
Primera, punto c) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, “al
Suelo No Urbanizable Común se le aplicará el régimen establecido en la presente Ley para
el Suelo Urbanizable No Sectorizado”. De este modo, el Avance promueve la sectorización
de este suelo, en virtud del artículo 24 de la misma Ley.
Con fecha 15 de enero de 2009, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
acuerda aprobar definitivamente la nueva revisión y adaptación del Plan General de
Ordenación Urbana de Móstoles (aplazando la aprobación definitiva del Plan en los suelos
clasificados como Urbanizables No Sectorizados al norte del Arroyo del Soto y al Sur del
Arroyo de la Reguera que en nada afectan a la presente sectorización), por resolución de
27 de marzo de 2009 publicada en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid de 6 de abril
de 2009 (B.O.C.M Núm. 81). Con esta revisión, el ámbito objeto de estudio (Puerta del
Atlántico) queda clasificado como Suelo Urbanizable No Sectorizado, de manera que la
adecuación de la iniciativa del Plan de Sectorización al planeamiento general continúa en la
nueva revisión del planeamiento general.
La Revisión del Plan General establece, entre otros elementos básicos, “la ubicación
intencional de las dotaciones estructurantes, fomentando la concentración de actividades en
determinados ejes…” para lo que clasifica 4.898.534 metros cuadrados (casi el 11% del
territorio municipal). Esta propuesta básica del Plan General es en la que se engarza el
Avance del Plan de Sectorización del Ámbito de Suelo Urbanizable No Sectorizado,
denominado Sector “Puerta del Atlántico”.
Con fecha 3 de marzo de 2010, se emite en sentido favorable el Informe Previo de análisis
ambiental, firmado por el Sr. Director General de Evaluación Ambiental D. José Trigueros
Rodrigo, con registro de entrada en este ayuntamiento con fecha 12 de marzo de 2010
Con fecha 29 de julio de 2010, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
ordenación del Territorio, se acuerda emitir el preceptivo Informe de Impacto Territorial del
suelo que nos ocupa, y que se notifica a este Ayuntamiento, mediante certificación firmada
por don Salvador Victoria Bolívar, Viceconsejero de la Vicepresidencia y Secretario General
del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con registro de entrada de fecha 30
de agosto de 2010.
Con fecha uno de septiembre de 2010 se emite informe técnico favorable a la aprobación
del instrumento de Avance que nos ocupa por el Departamento de Planeamiento de la GMU
de este Ayuntamiento, al que nos remitimos.
Como colofón a dichos antecedentes se ha sometido a aprobación del documento de
Avance en el mismo Pleno al que ahora se eleva la Aprobación Inicial de la Sectorización y
del Plan Parcial con su ordenación detallada.
III. CONTENIDO DEL DOCUMENTO SOMETIDO A APROBACIÓN INICIAL.
El documento sometido a Aprobación Inicial coincide en esencia con el documento
presentado en su día en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Ordenación del Territorio, con fecha 31/07/2009 y 22/03/2010, y sobre los que ya se han
PLENO. 09.09.2010
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