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TOMO 2 NORMAS URBANÍSTICAS GENERALES
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 2
MT-2
En la pagina 7 del Tomo de Normas Urbanísticas Generales dice, convendría poner la
fecha de publicación den el BCM, se pone la fecha de publicación en BOCM del acuerdo del
Consejo de Gobierno de 6-Mayo-1999 declarándose cumplidas las citadas condiciones por
Resolución de 20-Octubre-2000, sobre la aprobación definitiva del Plan General revisado. Se
corrige error material.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 3
MT-3
En la definición de usos genéricos y pormenorizados descrita por el Plan General en el
documento de Normas Urbanísticas Generales, para el uso genérico infraestructuras, Se
añade la nueva categoría SU-4 que incluye el resto de los servicios urbanos no descritos en
las tres existentes. Páginas 77 y 126 del documento.
TOMO 4.1 NORMAS URBANISTICAS PARTICULARES SUELO URBANO Y
URBANIZABLE EN EJECUCIÓN
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 4
MT-4
Se realiza aclaración sobre la interpretación en las consideraciones generales de las
ordenanzas referidas al porcentaje de uso genérico, descritas en la página 10 del
documento, para interpretación su correcta interpretación entre los distintos tomos del Plan
General
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5
MT-5
Se aclara el concepto de espacios libres y zonas comunitarias en los polígonos industriales
en la ordenanza ZU-ZV1. Se trata de solventar los graves problemas de accesibilidad de los
polígonos industriales, contrastado por todos los estudios de orden territorial que se han
realizado en el municipio estudio de la lanzadera de transporte público para el polígono
Regordoño y Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Móstoles). Página 208, párrafo
cuarto.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 6
MT-6
Se permiten las galerías de comunicación en edificios residenciales para acceso a las
viviendas en la ordenanza ZU-R1, como ya se permite en la normativa del Plan Parcial
PAU-4 Móstoles Sur. Página 13 del documento.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 7
MT-7
En la manzana calificada por la ordenanza ZU-R1 comprendida entre las calles Teniente
Ruiz, Fausto Fraile, del Cristo y avenida Dos de Mayo, hay una serie de edificios existentes
de alturas comprendidas entre una y tres plantas, que se respetan consolidando la
edificación existente, surgiendo dudas sobre la altura máxima permitida. Procede aclarar en
el texto que se respeta la consolidación de la edificabilidad existente, sin que ello suponga
en ningún caso aumento de la edificabilidad actual.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 8
MT-8
Aclaración sobre los usos permitidos por el Plan General revisado que se han omitido por
error en la ordenanza residencial unifamiliar aislada (ZU-R3). Se trata de una adecuación a
los términos ya asumidos por el documento en su proceso de elaboración (alegaciones) y
ya permitidos por el Plan General revisado.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 9
PLENO. 09.09.2010
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