Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesiones de Plenos Extraordinarios y Urgentes del 27 de Diciembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-12-27
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
8744089808e7aef96d34046a619d9f8408e429b6700b80e55094916d72ce6e70

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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conforme recoge el art.11.3 Ley 7/2022. Esta estimación de costes parte de datos reales derivados de la contabilidad municipal. Asimismo, la Ordenanza Fiscal parte de los datos reales de residuos generados en Móstoles conforme a la última Memoria elaborada por la Concejalía de Seguridad, Emergencia y Medio Ambiente. El citado estudio emitido por la Fundación Conde Valle de Salazar entidad delegada de la Universidad Politécnica de Madrid ha aportado un documento metodológico para diferenciar el coste y su correspondiente reparto para las viviendas, las actividades comerciales e industriales y constituye uno más de los documentos que se han tenido en cuenta para elaborar la Memoria Económico- Financiera de la que forman parte como anexo, los siguientes informes I. Informe de la Dirección General de Presupuestos y Contabilidad del Ayuntamiento de Móstoles en relación al cálculo del coste de gestión de los residuos de competencia local, de Junio 2024. II. El ya mencionado Informe realizado por la Universidad Politécnica de Madrid con el estudio económico del establecimiento de una nueva tasa pública en Móstoles para la gestión municipal de residuos, de Junio 2024. III. Informe sobre el Servicio de Limpieza y Gestión de Residuos del Ayuntamiento de Móstoles - Memoria del Servicio, de Marzo 2024. IV. Informe sobre la Memoria Anual de Residuos de Móstoles año 2023, de Marzo 2024. Contrariamente a lo recogido en la reclamación que señala que se basa en el valor catastral de las viviendas y/o de los establecimientos industriales y comerciales, factor que no tiene relación alguna con la conducta de los ciudadanos en lo relativo a la generación y reciclaje de los residuos, porque se paga independientemente de lo que se contamine y, por ende, sin incentivo económico para la reducción y reciclaje de los residuos, el texto de la Ordenanza Fiscal provisionalmente aprobado se ajusta a lo dispuesto en la Ley 7/2022. Así, en relación a los inmuebles con uso predominantemente residencial el cálculo de la cuota tributaria no solo tiene en cuenta el valor catastral de los inmuebles, sino que también incorpora un coeficiente de generación de residuos anudado al número de ocupantes que tiene cada inmueble. Por otra parte, en contra de lo alegado por el reclamante en relación a que la Ordenanza no establece ningún “incentivo económico para la reducción y reciclaje de los residuos”, el art. 9 de la misma recoge en su apartado primero, por ejemplo, una reducción para aquellos vecinos adscritos al Programa Móstoles Composta a fin de dar cumplimiento al artículo 11.4 b) de la Ley 7/2022. Pleno - 27/12/24 Pág. 14/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.