Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesiones de Plenos Extraordinarios y Urgentes del 27 de Diciembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-12-27
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
8744089808e7aef96d34046a619d9f8408e429b6700b80e55094916d72ce6e70

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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reducción, por lo que constituye una reclamación extratributaria ajena al acuerdo provisional de aprobación de esta Tasa. No obstante, el Informe sobre el Servicio de Limpieza y Gestión de Residuos del Ayuntamiento de Móstoles - Memoria del Servicio, de Marzo 2024, consta lo siguiente respecto al compostaje doméstico: “E.1.-El PROGRAMA MÓSTOLES COMPOSTA, se está desarrollando en diferentes ámbitos y fases: 3ª FASE: Compostaje doméstico: En una fase posterior se actuó en las urbanizaciones externas donde el tipo de vivienda mayoritaria es la unifamiliar con jardín. En este caso se trató y se trata de impulsar el compostaje doméstico, en concreto, se realiza en el Distrito 5, Parque de Coimbra y Parque Guadarrama. Esta campaña ofrece formación inicial para todos los participantes, la entrega de materiales en domicilio, montaje de la compostadora, una llamada de asesoramiento inicial posterior al montaje y una visita técnica de seguimiento durante todo el proceso. Se adquirió un total de 100 packs de compostadoras domésticas con material auxiliar que se repartieron a los participantes de este programa.” Es decir, el PROGRAMA MÓSTOLES COMPOSTA también tiene como ámbito de actuación, el Distrito 5, Parque Coimbra y Parque Guadarrama. En cuarto lugar, esta reclamación, consiste en proponer el establecimiento, "ex novo", de una bonificación de hasta el 50 % en la cuota correspondiente en la Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local por reciclaje en puntos móviles y puntos limpios de la ciudad, lo que constituye una propuesta de adición y en ningún caso se trata de una reclamación contra el acuerdo provisional de aprobación de esta Tasa y de su Ordenanza Fiscal Reguladora, que ya fue adoptado por el Pleno dentro de la capacidad ordenadora municipal y por este motivo debe ser desestimada. No obstante, indicar que la Exposición de Motivos de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local señala lo siguiente: “….La presente ordenanza incorpora sistemas de pago por generación de residuos («pay-as-you-throw») proporcionando incentivos para la separación en origen de los residuos reciclabes. Para esta Corporación Municipal este principio además de constituir una obligación legal se erige en un objetivo estratégico por lo que conforme se adopten medidas en este sentido por la Concejalía gestora del servicio se trasladarán paralelamente en forma de modificaciones a la presente Ordenanza, constituyendo la siguiente medida a implementar, la identificación de los usuarios de los dos puntos limpios fijos, de los puntos limpios móviles y minipuntos limpios para incluir en la Ordenanza Fiscal la previsión contenida en el 11.4 c) de la Ley 7/2022, de 8 de abril.” Pleno - 27/12/24 Pág. 38/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.