Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesiones de Plenos Extraordinarios y Urgentes del 27 de Diciembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-12-27
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
8744089808e7aef96d34046a619d9f8408e429b6700b80e55094916d72ce6e70

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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tasa recaiga, en concepto de contribuyentes, en titulares de la condición de familia numerosa el día uno de enero del ejercicio para el que se solicita. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que la vivienda habitual de la familia numerosa es aquella en la que figure empadronado el sujeto pasivo. La solicitud de reducción tiene carácter rogado, excepto en todos aquellos casos en que por confusión de sujetos no pueda producirse la sustitución siempre que cumplan los requisitos para disfrutar de esta reducción y tengan otorgada la bonificación potestativa por familia numerosa en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La instancia deberá presentarse en el Ayuntamiento antes del primer día del periodo impositivo a partir del cual empiece a producir efectos, aportando en todo caso la siguiente documentación: - Certificado o copia compulsada del título vigente expedido por la Comunidad de Madrid de familia numerosa (no será necesaria la compulsa, cuando la validez del certificado emitido de forma electrónica se pueda confirmar por el código seguro de verificación impreso en el mismo). - Fotocopia del D.N.I. del contribuyente a cuyo nombre se emita el recibo o liquidación. - Certificado/volante de empadronamiento/convivencia del sujeto pasivo en el inmueble para el que se solicita la reducción en la fecha del devengo del impuesto. Salvo que la Ordenanza Fiscal vigente en cada periodo impositivo prevea otra cosa, la reducción será aplicable hasta la fecha de vigencia que figure en el correspondiente libro de familia numerosa en la fecha de presentación de la solicitud, extendiéndose su efectividad al recibo de tasa por prestación del servicio de gestión de los residuos de competencia local de dicho ejercicio, siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión. En los casos de variación de las mismas, los beneficiarios deberán ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento en plazo de un mes desde que se produzca la citada variación. La renovación del título de familia numerosa exigirá nueva solicitud de bonificación, que deberá reunir los mismos requisitos y surtirá efectos en el período siguiente a la fecha de solicitud. 4. a los efectos de la concesión de las reducciones enumeradas en este artículo, se entenderá por vivienda habitual aquella unidad urbana de uso residencial destinada exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del sujeto pasivo y su familia. 5. Para la aplicación de las reducciones que se establecen en el apartado precedente será requisito necesario que el inmueble esté catastralmente individualizado en el año Pleno - 27/12/24 Pág. 43/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.