Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesiones de Plenos Extraordinarios y Urgentes del 27 de Diciembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-12-27
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
8744089808e7aef96d34046a619d9f8408e429b6700b80e55094916d72ce6e70

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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reguladora de la mencionada tasa, todo ello de aplicación a partir del 1 de enero de 2025, y así como la alegación técnica presentada por la Dirección General de Gestión Tributaria y Recaudación por la que se modifica la redacción de los artículos 8, 9 y 11 del texto provisionalmente aprobado de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local. Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación: Primero.- Por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de Octubre de 2024, publicando en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 249, de 18 de octubre de 2024, se resolvió aprobar provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, tasa por licencias y expedientes urbanísticos y tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, así como aprobar provisionalmente el acuerdo de imposición de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local y de la aprobación provisional de la de la ordenanza fiscal reguladora de la mencionada tasa, todo ello de aplicación a partir del 1 de enero de 2025, y, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, someter el mismo, junto con su expediente, a información pública por plazo de treinta días, mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Tablón de Edictos Municipal y en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad Autónoma de Madrid, dentro de los cuales los interesados podían examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que durante el periodo de información pública no se hubieran presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderán adoptados con carecer definitivo los anteriores acuerdos, no entrando en vigor los acuerdos definitivos hasta que se haya publicado íntegramente el texto de las ordenanzas y de sus modificaciones acordadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Segundo.- Estando en periodo de exposición pública los acuerdos recogidos en el apartado anterior, se han presentado las siguientes solicitudes:  El 8 de noviembre de 2024 Dº Francisco Rodríguez Cobos en representación de MÓSTOLES ¡POR FÍN! Presentó solicitud relativa al acceso a determinada documentación obrante en el expediente. Pleno - 27/12/24 Pág. 4/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.