Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesiones de Plenos Extraordinarios y Urgentes del 27 de Diciembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-12-27
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
46 con texto de 46
Huella sha256 del fichero
8744089808e7aef96d34046a619d9f8408e429b6700b80e55094916d72ce6e70

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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dentro de la capacidad ordenadora municipal y por este motivo debe ser desestimada. No obstante, indicar que la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local no es ajena a las situaciones económicas vulnerables y en tal sentido el artículo 9 que establece las reducciones en la cuota contiene una reducción para las personas o unidades de convivencia en riesgo de exclusión social beneficiarias del ingreso mínimo vital o de la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, conforme con el siguiente detalle: 2. “La cuota de la tasa por prestación del servicio de gestión de los residuos de competencia local se verá reducida en un 90 por ciento, respecto de su vivienda habitual cuando la misma recaiga, en concepto de contribuyentes, en personas o unidades de convivencia en riesgo de exclusión social. Circunstancia que se acreditará mediante documento oficial que acredite que la persona o unidad de convivencia es beneficiaria del ingreso mínimo vital o de la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid en los términos regulados en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o de la, regulada en la Ley 15/2021, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid.” Reclamaciones 60, 61, 63, 74, 84, 85, 98, 106, 110, 112, 116, 179, 181, 182, 185, 192, 221, 228, 234, 235, 236, 247, 268, 271 En primer lugar, los reclamantes alegan el incumplimiento de las obligaciones que la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece para las entidades locales con relación a la información en materia normativa. En segundo lugar, los reclamantes alegan la insuficiencia del estudio técnico-económico que establece la tasa de residuos para el Ayuntamiento de Móstoles, realizado por la Fundación Conde Valle Salazar. En tercer lugar, los reclamantes solicitan la ampliación del sistema de compostaje. En cuarto lugar, los reclamantes solicitan la aplicación de bonificación del 50% por reciclaje en puntos móviles y puntos limpios de la ciudad. En quinto lugar, los reclamantes solicitan el establecimiento de un 90% de bonificación a las personas con pensiones mínimas. Pleno - 27/12/24 Pág. 18/46

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.