Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 29 de enero de 2026

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2026-01-29
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
65 con texto de 65
Huella sha256 del fichero
17897a5ebe7cfc7f4d53fbbb21c690982055b43c5f97c2b6ae46a4f9129d9d71

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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B.1.2.3. Contratación de personal laboral temporal (Fase D/AD) a. Consta informe justificativo de la circunstancia que motiva la contratación temporal, de entre las previstas en la normativa aplicable, y se hace referencia expresa a la misma en el informe- propuesta y, en su caso, en el borrador de Resolución. b. En caso de contratos temporales derivados de procesos selectivos específicos, se acredita el cumplimiento de los requisitos de publicidad exigidos por la normativa aplicable y, en particular, de la convocatoria. c. En caso de contratos temporales derivados de procesos selectivos específicos, consta propuesta del tribunal de selección y, en su caso, relación complementaria del artículo 61.8 del TREBEP. d. En caso de contratos temporales derivados de procesos selectivos específicos, la propuesta de contratación se ajusta a la propuesta del tribunal de selección o, en caso de proponerse la contratación de aspirantes de la relación complementaria, se acredita documentalmente la renuncia de los aspirantes seleccionados u otras circunstancias que imposibiliten su contratación. e. En caso de contratos temporales derivados de bolsa de trabajo, se acredita el cumplimiento de las reglas de funcionamiento de la bolsa en cuanto a llamamientos. f. Consta informe de Personal justificativo de que los aspirantes propuestos han presentado la documentación preceptiva y reúnen los requisitos de acceso a la condición de personal laboral temporal. g. Consta informe de cuantificación del gasto previsto hasta fin de ejercicio, derivado de la contratación. h. Se señala expresamente en el informe-propuesta y, en su caso, en el borrador de Resolución, el término, plazo o condición de extinción del contrato laboral temporal, de manera que no se superen los umbrales máximos de duración establecidos en la normativa vigente. B.1.2.4. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo (Fase AD) a. Consta informe justificativo de las razones que motivan la modificación sustancial. b. Consta informe justificativo de que el procedimiento se ajusta a la normativa aplicable. c. En caso de que modificaciones sustanciales de carácter colectivo, se acredita el cumplimiento del periodo de consultas previo con los representantes legales de los trabajadores, exigido por el artículo 41.4 del TRET. d. En caso de que la modificación sustancial implique incremento de las retribuciones o de los costes laborales, consta informe de cuantificación del gasto previsto hasta fin de ejercicio, derivado de la modificación sustancial. e. En caso de que la modificación sustancial implique incremento de la jornada laboral, consta informe justificativo de que no se supera el máximo previsto en la normativa vigente. Pleno - 29/01/26 Pág. 20/65

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.