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d. Consta comprobación aritmética realizada efectuando el cuadre
total de la nómina con el que importe del mes anterior más la suma
algebraica de las variaciones incluidas en la nómina del mes de que
se trate.
e. Constan detalles de haberes individuales, resúmenes
normalizados y demás documentos representativos de la nómina a
aprobar.
B.6.3.2. Aprobación de cuotas a la Seguridad Social (Fases
ADO y MP)
a. Se aportan liquidaciones de cotizaciones sociales de la TGSS.
b. Se aporta justificante de que constan contabilizadas las cuotas
retenidas a los trabajadores.
c. Se desglosa en el informe-propuesta, la cuantía correspondiente
a las cuotas empresariales, a imputar al Presupuesto, y a las cuotas
de los trabajadores, que se abonarán con cargo al concepto no
presupuestario correspondiente.
B.2. CONTRATACIÓN
B.2.1. CONTRATOS DE OBRAS
B.2.1.1. Aprobación del expediente (Fase A)
a. Existe proyecto de obras y se acompaña acuerdo de aprobación
del mismo por el órgano competente.
b. En caso de obras con un PBL igual o superior a 500.000 euros,
IVA excluido, consta informe de supervisión del proyecto, conforme
al artículo 235 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
c. En caso de obras con un PBL inferior a 500.000 euros, IVA
excluido, consta informe de supervisión del proyecto, o bien, informe
técnico señalando expresamente que las obras del proyecto no
afectan a la estabilidad, seguridad o estanqueidad, en los términos
que contempla el artículo 235 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
d. Existe pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) o,
en su caso, documento descriptivo.
e. Consta informe favorable de la Asesoría Jurídica.
f. Cuando se utilice modelo de pliego de cláusulas administrativas,
verificar que el contrato a celebrar es de naturaleza análoga al
informado por el Departamento de Contratación con el conforme de
la Asesoría Jurídica.
g. Existe acta de replanteo previo, según lo previsto en el artículo
236 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
h. Que el PCAP o el documento descriptivo establece, para la
determinación de la mejor oferta, criterios vinculados al objeto del
contrato.
i. Cuando el PCAP o el documento descriptivo prevea un único
criterio de valoración, que este está relacionado con los costes,
pudiendo ser el precio, que ha de ser el más bajo, o bien un criterio
basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida calculado
de acuerdo con el artículo 148 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
j. Cuando el PCAP o el documento descriptivo prevea una
pluralidad de criterios de adjudicación basados en la mejor relación
calidad-precio, que se establecen de acuerdo con criterios
económicos y cualitativos.
Pleno - 29/01/26
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