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Séptimo. Instar a la Comunidad de Madrid a impulsar la mejora
de la calidad de la formación profesional, así como la ampliación de
la FP Dual con el objetivo de lograr una mejor inserción laboral
adaptada a las necesidades de industrias, comercios y empresas.
Octavo. Instar a la Comunidad de Madrid a promocionar el
emprendimiento local y promover políticas de retención del talento,
tanto joven como de segunda oportunidad, para las personas de
más edad que han perdido su empleo a causa de los procesos
generalizados de desindustrialización y reducción de costes.
Noveno. Instar a la Comunidad de Madrid a impulsar la
dignificación de los oficios y las artes mediante el impulso a la
formación profesional dual, presentando esta como una opción
atractiva para que nuestros jóvenes adquieran las herramientas que
les permitan acceder a un empleo o emprender una iniciativa
empresarial propia.
Décimo. Instar al gobierno de España a la derogación de las
modificaciones legislativas incorporadas por el Real Decreto-ley
13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema
de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y
se mejora la protección por cese de actividad, y a su vez promover
una reforma laboral que escuche a los verdaderos agentes
sociales.”
Se producen las correspondientes intervenciones que constan
literalmente en el Diario de Sesiones, en primer turno la Sra. Monterreal Barrios
(Mixto), Sr. Castro Leitón (Vox), Sr. Iniesta Lorente (MM-Móstoles), Sra. López
Antequera (Socialista) y Sra. García González (Popular) y en segundo turno, Sra.
López Antequera (Socialista) y Sra. García González (Popular).
Sometida en primer lugar a votación la Moción indicada, se obtienen
trece votos a favor (correspondientes doce al Grupo Municipal Popular y uno del
Concejal no adscrito, Sr. Martín Hernández), dos abstenciones (correspondientes al
Grupo Municipal Vox) y once votos en contra (correspondientes seis al Grupo
Municipal Socialista, cuatro al Grupo Municipal MM-Móstoles y uno al Grupo Municipal
Mixto) por lo que la misma resulta aprobada.
[Al afectar a la totalidad y habiendo sido aprobada la Moción presentada, decae la
enmienda presentada por el Grupo Municipal Vox, no siendo necesario someterla a
votación de conformidad con lo previsto en el artículo 103.3, inciso final, del
Reglamento Orgánico Municipal].
15/ 17.- MOCIONES DE URGENCIA.
(Previa declaración de urgencia al comienzo de la sesión. Según lo
dispuesto en los artículos 97.1 y 98.1 del Reglamento Orgánico Municipal)
Pleno - 29/01/26
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