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pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las
condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los
regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de
27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
para refrendar estas acciones técnicas, es necesario que de forma
simultánea a la aprobación del documento (conformidad técnica de la
factura) se produzca un acto de reconocimiento de la obligación de
la factura por el órgano competente, en nuestro caso, el Concejal
Delegado de Hacienda y Presidencia, como acto de conformidad
formal de la factura con entidad diferenciada de la actuación de
conformidad realizada por el empleado público, dando como
resultado, en ese sentido, iniciar el cómputo del plazo para el pago de
las distintas facturas, desde la fecha del reconocimiento de la
obligación, siguiendo el criterio indubitado en el procedimiento de
reconocimiento para las certificaciones de obra, manteniendo de esta
forma un criterio de homogeneidad con estas.
A este respecto (inicio del cómputo del, plazo de pago de las facturas)
y en consulta realizada al MINHAP por parte de esta Tesorería con
fecha de 2 de enero de 2023, la contestación ministerial de fecha 14
de enero de 2023, ha sido en este sentido que hemos expuesto.
Por otra parte, indicar de la conveniencia de que, deben incluirse en
las bases de ejecución del Presupuesto y de forma homogénea para
todo el grupo, Ayuntamiento de Móstoles y entes dependientes, que,
el criterio adoptado por esta entidad local para el cómputo y cálculo
del PMP, es el acto de reconocimiento de la obligación de la factura
por el órgano competente, como acto de conformidad formal de la
factura, todo ello, en consonancia con lo expuesto en el párrafo
anterior relacionado con la respuesta dada por el ministerio a este
ayuntamiento de fecha 14 de enero de 2023.
Segundo. -
El Ministerio habilitó en su momento una plataforma digital en la
Oficina Virtual de las Entidades Locales que es la que se utiliza para
la remisión de toda la información correspondiente a los trimestres
cuando se informa de morosidad Ley 15/2010, y mensual, cuando se
informe del PMP, R.D. 635/2014, modificado por el R.D. 1040/2017de
25 de julio, con fecha límite de transmisión de la información que
corresponda, la del último día del mes siguiente al de referencia.
Tercero. –
Para dar cumplimiento a las obligaciones impuestas, la Tesorería
Municipal es la responsable de elaborar, recopilar, preparar y publicar
en la Oficina Virtual del MINHAP toda la información requerida.
Según los informes de PMP mensual emitidos por la Tesorera
Municipal correspondientes a los meses de OCTUBRE, NOVIEMBRE
Y DICIEMBRE del ejercicio 2025, informes y documentación que se
adjunta a esta propuesta en forma de resúmenes, el período medio de
pago global a proveedores del Ayuntamiento de Móstoles y sus entes
dependientes, correspondientes a los referidos, calculados en base a
la nueva metodología del RD 1040/2017, de 22 de diciembre,
ascendió a las siguientes ratios 28,04 días en el mes de octubre
Pleno - 26/02/26
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