Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Móstoles del 26 de febrero de 2026

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 03:13
Fecha del documento
2026-02-26
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
77 con texto de 77
Huella sha256 del fichero
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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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momento de su definición o modificación por la Junta de Gobierno Local, deviniendo en extemporáneo, inadecuado y torticero el uso de la reclamación de unos presupuestos municipales para postular la modificación de las retribuciones de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. La invocación realizada al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en concreto a su Disposición Adicional Cuarta, no supone la determinación de las retribuciones asignadas a esos puestos sino su requisito para el acceso a los mismos. CONCLUSIÓN: Única: Procede la inadmisión de la Reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto General Municipal del Ayuntamiento para el ejercicio 2026 formulada por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid en fecha 16 de enero de 2026 de conformidad con lo establecido en el citado artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales el Colegio, dado que carece de legitimación ad causam ya que no se acredita ni siquiera indiciariamente la manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.” La VALORACIÓN JURÍDICA de los hechos expuestos es la siguiente: Primero. Se da por reproducida la fundamentación jurídica del informe anteriormente transcrito. Segundo. Considerando las atribuciones que legalmente corresponden a la Concejalía de Hacienda, presidencia y Recursos Humanos, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de la Alcaldía 2742/2023, de 19 de junio sobre nombramiento y funciones de la Tenencia de Alcaldía y Concejalías Delegadas en su redacción dada por el Decreto 2344/24, de 27 de junio, de modificación parcial de las mismas, así como en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de núm. 4/409 de 27 de junio de 2023, modificado por acuerdo núm. 3/488 de 2 de julio de 2024, por el que se delegan las competencias propias de la Junta de Gobierno Local en los concejales delegados, y todo ello conforme al Art. 53 y Art. 136 del Reglamento Orgánico Municipal y el Art. 124.4.i), 124.5 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local. Por todo lo cual, vengo a proponer al Concejal Delegado de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos que, en ejercicio de las competencias que tiene delegadas, proceda a resolver lo siguiente: Inadmitir la Reclamación contra la aprobación inicial del Presupuesto General Municipal del Ayuntamiento para el ejercicio 2026 formulada por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid en fecha 16 de enero de 2026 de conformidad con lo establecido en el citado artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Pleno - 26/02/26 Pág. 24/77

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.