Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Móstoles del 26 de febrero de 2026

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 03:13
Fecha del documento
2026-02-26
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
77 con texto de 77
Huella sha256 del fichero
3d02400f89c80d682d6928cee9484310b8c31ad272b718525ca477a8546bf001

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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 Respecto a la alegación de Fernando Machon García, el redactor propone su NO estimación con el siguiente literal: “La alegación solicita que se informe favorablemente la viabilidad del cambio de uso de un local situado en la calle Rubens no 6, así como que el Plan Especial clarifique los criterios de admisibilidad del cambio de uso por razón de ubicación, en particular en relación con locales con fachada a calles peatonales privadas de uso público o a espacios libres de parcela, evitando la aplicación de otros artículos del PGOU no recogidos expresamente en el Plan Especial. (…) Conclusión Por todo lo expuesto, NO PROCEDE ESTIMAR LA ALEGACIÓN, al pretender que el Plan Especial se pronuncie sobre un supuesto concreto y limite la aplicación supletoria del planeamiento general, cuestiones ambas ajenas a la naturaleza y alcance de este instrumento de ordenación.”  Respecto a la alegación de Hugo Baena Jiménez, el redactor propone su no estimación con el siguiente literal: “La alegación solicita que se autorice el cambio de uso de un local situado en Avda. Constitución, en planta primera a dos viviendas, en un edificio ejecutado al amparo del PGOU de 1985, alegando que: _ La promoción tenía autorizado un numero máximo de viviendas superior al actualmente consolidado. _ La actuación no supondría superar el numero máximo de viviendas permitido por la ordenanza de aplicación. _ Existen antecedentes de transformación de locales colindantes en vivienda. _ Se cumplirían las condiciones de habitabilidad establecidas en la normativa vigente. En base a lo anterior, se solicita que el Plan Especial contemple una excepción para este supuesto concreto. (…) Conclusión Por todo lo expuesto, NO PROCEDE ESTIMAR LA ALEGACIÓN, al referirse a un supuesto particular no integrable en el ámbito objetivo del Plan Especial y resultar incompatible con los criterios generales establecidos para las promociones ejecutadas al amparo del Plan General de 1985.”  Respecto a la alegación de Jesús Manuel López Trillo, el redactor propone su no estimación con el siguiente literal: Pleno - 26/02/26 Pág. 43/77

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.