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La Corporación Pleno queda enterada de la propuesta transcrita.
11/ 31.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE CONTESTACIÓN
ALEGACIONES AL REGLAMENTO DE PRODUCTIVIDAD DE LOS/AS
EMPLEADAS DEL AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES Y APROBACIÓN
DEFINITIVA DEL MISMO.
Vista la Propuesta de Resolución elevada al Pleno por el Concejal de Hacienda,
Presidencia y Recursos Humanos del siguiente contenido literal:
“HECHOS
En fecha 11 de febrero de 2026, se ha emitido informe del Coordinador
General de Recursos Humanos del siguiente tenor literal
ANTECEDENTES
Con fecha 18 de noviembre de 2025, tras la tramitación legalmente
prevista, se produce la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del anuncio relativo a la aprobación inicial por el Pleno del
Ayuntamiento de Móstoles, en sesión celebrada el día 23 de octubre de
2025, del reglamento regulador de la productividad de los/as
empleados/as del Ayuntamiento de Móstoles, sometiendo dicha
aprobación a al trámite de información pública para que en el plazo de
30 días hábiles a contar desde el día siguiente a la citada publicación
se pudieran presentar cuantas alegaciones o reclamaciones se estimen
oportunas. Dicho plazo expiró el pasado día 8 de enero del corriente
año.
Con fecha 15 de diciembre de 2025, por tanto, dentro del plazo
conferido al efecto, se presenta escrito por D. David Martínez
Domínguez, en representación del sindicato COLECTIVO
PROFESIONAL DE POLICÍA MUNICIPAL de Móstoles, -
representación que acredita mediante el acta de la reunión celebrada el
19 de junio de 2023, por parte del referido sindicato, en la que se
nombra Secretario General y Tesorero a la persona física que suscribe
el citado escrito – bajo la rúbrica de “Alegaciones al proyecto de
reglamento regulador de la productividad de los/as empleados/as del
Ayuntamiento de Móstoles”.
Aunque el escrito de referencia no se ajusta en su nomenclatura a lo
establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, que cita textualmente un período de
“información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo
de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias”, -
habiéndose encabezado el mismo, como se ha visto, bajo el término
“alegaciones”, dado el espíritu de la norma, es preciso, de acuerdo con
el apartado c) del artículo señalado, resolver todas “las reclamaciones
Pleno - 26/02/26
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