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2.- Resolución nº 322/26, de fecha 6 de febrero de 2026, cuyo
contenido literal es el siguiente:
Visto el informe emitido por el Director de Personal, en fecha 5 de
febrero de 2026, del siguiente tenor literal:
“INFORME PROPUESTA
Una vez tramitado el expediente de referencia, el técnico que suscribe
formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 225 d) en relación al artículo 92 del
Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31
de marzo de 2005.
ASUNTO: RECLAMACIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DEL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES PARA EL EJERCICIO 2026,
PRESENTADA POR EL COLEGIO OFICIAL DE SECRETARIOS,
INTERVENTORES Y TESOREROS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Examinado el procedimiento iniciado referente al asunto indicado se
han apreciado los siguiente HECHOS.
Primero.- El Pleno de la Corporación municipal de Móstoles, en sesión
celebrada el día 8 de enero de 2026 prueba con carácter inicial el
Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2026.
Segundo.- El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 9 de fecha
12 de enero de 2026, publica el anuncio del citado acuerdo.
Tercero.- D. Fernando Aguado Barriales en su condición de Presidente
de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores
y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
presenta en fecha 16 de enero de 2026 Reclamación contra la
aprobación inicial del Presupuesto General Municipal del Ayuntamiento
para el ejercicio 2026.
Cuarto.- Se ha emitido informe por el Director de Personal del siguiente
tenor literal:
NORMATIVA DE APLICACIÓN:
I LEGITIMACIÓN
Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En concreto lo establecido en el Artículo 170. Reclamación
administrativa: legitimación activa y causas:
1. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior,
tendrán la consideración de interesados:
a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local.
b) Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el
territorio de la entidad local.
c) Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y
demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses
Pleno - 26/02/26
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