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la firma de Convenio para la constitución del Consorcio “Madrid Puerta
Oeste” y de los estatutos que le rijan.
Segunda.- Que conforme se señala en el antecedente de hecho
Cuarto, el Protocolo de intenciones no implica compromisos jurídicos
concretos y exigibles (así se dice “no suponiendo la formalización de
compromisos jurídicos concretos y exigibles entre las partes”), sin
perjuicio de los que resulten de un convenio que pudiera suscribirse en
un momento posterior, que deberá ser objeto de aprobación por el
Pleno municipal (momento en el que se determinarán la exigencia y
cumplimiento de las condiciones jurídicas y económicas derivadas del
mismo).
Tercera.- Que conforme se señala en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de Octubre, de Régimen del Sector Público, el Protocolo a ratificar
se limita a manifestar la voluntad municipal de constituir el consorcio y
de proceder a la tramitación del Convenio y Estatutos del Consorcio”.
Por lo anteriormente expuesto:
Se propone al Pleno de la Corporación de acuerdo con todo lo anterior,
en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123.1 f) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local.
Resolver lo siguiente:
Primero.- Aprobar la ratificación del “PROTOCOLO DE
INTENCIONES PARA LA CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO
URBANÍSTICO DENOMINADO “MADRID PUERTA OESTE”, así como
tener por manifestada la voluntad municipal de proceder a la tramitación
del Convenio para constitución del Consorcio y de sus estatutos que
deberán ser, en su caso, aprobados por Acuerdo Plenario posterior
.
Segundo.- Dar traslado del presente Acuerdo a la Comunidad de
Madrid y a los Departamentos Municipales competentes.”
Visto el Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 20 de febrero de
2026, en sentido favorable.
Se producen las correspondientes intervenciones, que constan literalmente en el
Diario de sesiones. Tras la exposición del Sr. Soler Hernández (Concejal Delegado de
Urbanismo, Vivienda, Patrimonio y Mantenimiento de la Ciudad), intervienen en primer y
segundo turno la Sra. López Antequera (Grupo Socialista), y el Sr. Soler Hernández (Grupo
Popular).
La Corporación Pleno por trece votos a favor (correspondientes doce al Grupo
Municipal Popular y uno al Concejal no adscrito), siete en contra (correspondientes al
Grupo Municipal Socialista) y siete abstenciones (correspondientes cuatro al Grupo
Municipal MM-Móstoles, dos al Grupo Municipal Vox y uno al Grupo Municipal Mixto),
acuerda aprobar la propuesta transcrita.
Pleno - 26/02/26
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