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motivación o significado, se garantice la proporcionalidad y pleno
respeto a los derechos fundamentales, y resulte imprescindible para:
La prestación de servicios públicos.
La verificación de identidad.
La seguridad de usuarios y empleados públicos.
El normal funcionamiento de los servicios municipales.
Excluyendo de esta previsión los supuestos debidamente acreditados
por:
Razones médicas, sanitarias o higiénicas.
Exigencias laborales o de protección profesional.
Actividades culturales, festivas o tradicionales autorizadas.
Por condiciones meteorológicas adversas y
Otros supuestos expresamente previstos en la norma.
Adicionar los siguientes puntos a la propuesta:
SEXTO. _ Instar al Gobierno de España para que mediante decreto ley
incluya en el art. 18 de la ley 7/1985 de Bases de Régimen Local como
deber de los vecinos, la prohibición de utilizar prendas y elementos que
oculten integralmente el rostro en los supuestos de la Ley que regule el
uso de prendas que oculten total o parcialmente el rostro en espacios
públicos.
SÉPTIMO. _ Instar al Gobierno de España para que mediante decreto
ley incluya en el art. 25.2 de la ley 7/1987 de Bases de Régimen Local
que faculte a los municipios a elaborar ordenanzas o protocolos que
regulen el uso de este tipo de prendas en espacios de titularidad
pública, con posibilidad de añadir un régimen sancionador.
Modificar el punto sexto de la propuesta, pasando a ser el punto
octavo.”
Se producen las correspondientes intervenciones que constan literalmente
en el Diario de Sesiones, en primer turno el Sr. Martín Hernández (Concejal no adscrito),
Sra. Monterreal Barrios (Mixto), Sra. Tejero Rodríguez (MM-Móstoles), Sra. Guerrero Vélez
(Popular) y Sra. Machín Osés (Vox) y en segundo turno Sra. Monterreal Barrios (Mixto),
Sr. Martín Jiménez (Socialista), Sra. Guerrero Vélez (Popular).
Se vota en primer lugar la enmienda presentada por el Grupo Municipal
Popular, obteniéndose doce votos a favor (correspondientes al Grupo Municipal Popular),
catorce votos en contra (correspondientes siete al Grupo Municipal Socialista, cuatro al
Grupo Municipal MM-Móstoles, dos al Grupo Municipal Vox y uno al Grupo Municipal Mixto)
y una abstención del Concejal no adscrito, quedando, por tanto, rechazada la enmienda
anteriormente transcrita.
A continuación, se vota la moción presentada por el Grupo Municipal Vox,
obteniéndose catorce votos a favor (correspondientes doce al Grupo Municipal Popular
y dos del Grupo Municipal Vox), doce votos en contra (correspondientes siete al Grupo
Pleno - 26/02/26
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